10/11/2020
Las peticiones van a deber presentarse en el Centro Popular de la Marina a lo largo de los quince días hábiles siguientes a la publicación del pertinente extracto en el BOE
El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto que tiene dentro las bases reguladoras y la convocatoria de ayudas para pescadores damnificados por métodos de suspensión de contratos o reducción de día (damnificados por algún ERTE), a consecuencia de la pandemia de COVID-19 en el periodo de tiempo comprendido entre el 16 de marzo y el 15 de julio de 2020.
La convocatoria está dotada con un presupuesto de tres millones de euros con cargo al presupuesto del Ministerio de Agricultura, Pesca y Nutrición (MAPA) y va a ser cofinanciada por el Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (FEMP).
El período para la presentación de peticiones va a ser de quince días hábiles desde la la publicación del extracto pertinente en el Folleto Oficial del Estado, que se hará a lo largo de los próximos días.
Administración de las ayudas
El MAPA delegará la administración de las ayudas en el Centro Popular de la Marina del Ministerio de Inclusión, Seguridad Popular y Migraciones y estas van a ser resueltas por las direcciones provinciales del centro.
Con ellas se complementan las ayudas establecidas en el Real Decreto 703/2020, de 28 de julio, dirigidas a armadores y pescadores que no hubiesen tenido un trámite de suspensión de contratos o reducción de día a consecuencia de la COVID-19.
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