
TIPOS DE LICENCIAS DE PESCA EN LA COMUNIDAD DE CASTILLA-LEÓN
En la Comunidad de Castilla y León (España), existen diferentes tipos de licencias de pesca disponibles para los interesados en practicar esta actividad. Las principales licencias son:
Licencia de Pesca Tipo P1
Esta licencia es necesaria para cualquier persona que desee practicar la pesca en Castilla y León. Tiene una validez de un año, aunque ciertas personas exentas del pago de tasas pueden obtenerla con una validez de cinco años.la Licencia de Pesca Tipo P1 tiene un costo de 15,20€ con reducciones disponibles para jubilados y mayores de 65 años residentes en la comunidad
Licencia Interautonómica de Pesca (IP)
Habilita para la práctica de la pesca en varias Comunidades Autónomas, incluida Castilla y León, así como Aragón, Asturias, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, Madrid y Murcia. Esta licencia también tiene una validez de un año.La Licencia Interautonómica de Pesca se fija en 25€ al año con reducciones disponibles para jubilados y mayores de 65 años residentes en la comunidad.


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COMO OBTENER LA LICENCIA DE PESCA EN CASTILLA LEON
Para obtener una licencia de pesca en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, se debe seguir un procedimiento específico que varía ligeramente dependiendo de si se trata de una primera licencia o de una renovación. Aquí te detallo cómo se puede proceder:
1-De Forma Telemática
Se puede solicitar la licencia a través de Internet, completando un formulario con los datos personales del solicitante, incluyendo dirección, fecha de nacimiento, etc. El pago se realiza mediante tarjeta bancaria o mediante el impreso de autoliquidación, que debe abonarse en una entidad bancaria colaboradora. Una vez efectuado el pago, la aplicación permite imprimir la licencia o enviarla al correo electrónico del solicitante, eliminando la necesidad de desplazarse a una oficina.
El abono se podrá realizar mediante tarjeta bancaria. Una vez abonada la tasa, la aplicación le permitirá imprimir su licencia o enviarla a su correo electrónico, evitándole cualquier desplazamiento o gestión adicional. En el resto de licencias bonificadas, podrá obtener la misma sin formalizar ningún tipo de pago.
2-De Forma Telemática
Quienes prefieran obtener su licencia de manera presencial pueden dirigirse a una de las oficinas de los Servicios Territoriales de Medio Ambiente. En estos lugares, se puede efectuar el pago con tarjeta bancaria o recibir un documento de autoliquidación para pagar en una entidad bancaria colaboradora. Después de pagar, se recibe la licencia en la dirección que se haya indicado para notificaciones
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COMO RENOVAR LA LICENCIA DE PESCA EN CASTILLA LEON
1-Telemáticamente
Se puede renovar la licencia accediendo al sistema con el DNI o el número de licencia anterior, realizar el pago con tarjeta o descargar un documento de autoliquidación para abonarlo en una entidad bancaria.
1-Presencialmente
Acudiendo a una de las oficinas de los Servicios Territoriales de Medio Ambiente, donde se puede realizar el pago (ya sea con tarjeta o mediante autoliquidación) para obtener la renovación de la licencia
REQUISITOS GENERALES
Para todos los solicitantes: No estar inhabilitado para la práctica de la pesca en esta comunidad autónoma o en las comunidades incluidas en la Licencia Interautonómica de Pesca, abonar las tasas correspondientes, y contar con la autorización necesaria en el caso de menores de edad
PRECIOS DE LICENCIA DE PESCA
TIPO DE LICENCIA DE PESCA | TIPO | PRECIO POR AÑO |
---|---|---|
Licencia de Pesca General | P1 | 15,20 € |
Licencia Interautonómica de Pesca | IP | 25,00 € |
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La normativa de pesca para la temporada 2024 en Castilla y León establece varios puntos clave que los pescadores con licencia deben conocer:
PERIODOS HÁBILES DE PESCA
- Las aguas de acceso libre en las provincias de Burgos, León, Palencia, Soria y Zamora permiten la pesca todos los días desde el 30 de marzo hasta el 31 de julio.
- En Ávila, Salamanca, Segovia y Valladolid, los días permitidos van del 16 de marzo al 31 de julio.
- Los cotos de pesca, áreas de régimen especial (AREC), y escenarios deportivo-sociales (EDS) tienen un periodo general de pesca desde el 1 de junio hasta el 31 de diciembre, aunque pueden tener reglamentaciones específicas según el plan de pesca aprobado para cada tramo
NORMATIVAS SOBRE EQUIPOS Y PRÁCTICAS
- Se permite el uso de una caña en aguas trucheras y dos en aguas ciprinícolas, con una distancia mínima requerida de 30 metros entre pescadores en aguas trucheras y 10 metros en no trucheras.
- El uso de aparatos de flotación solo está permitido en las aguas embalsadas donde lo autorizan las Confederaciones Hidrográficas, excepto donde esté expresamente prohibido
REGULACIONES SOBRE ESPECIES EXÓTICAS INVASORAS
No hay talla mínima ni cupo de capturas para especies exóticas como la carpa y el black-bass en ciertas aguas, aunque está prohibida su devolución al agua. La pesca del cangrejo rojo y señal está permitida solo de junio a diciembre para minimizar molestias a otras especies durante sus periodos críticos
SOLICITUD DE PERMISOS Y PASES
Los pases de control, necesarios para acceder a AREC y EDS, se pueden solicitar telefónicamente o a través de la aplicación de gestión de la Junta de Castilla y León. Estos pases se envían al interesado por SMS o correo electrónico
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Categoría | Descripción |
---|---|
Periodos Hábiles | - Aguas de acceso libre (Burgos, León, Palencia, Soria, Zamora): 30 de marzo al 31 de julio |
- Aguas de acceso libre (Ávila, Salamanca, Segovia, Valladolid): 16 de marzo al 31 de julio | |
- Cotos, AREC, EDS: 1 de junio al 31 de diciembre | |
Normativa sobre Equipos | - Cañas permitidas: 1 en aguas trucheras, 2 en ciprinícolas |
- Distancia mínima entre pescadores: 30 m en aguas trucheras, 10 m en no trucheras | |
- Aparatos de flotación: Permitidos solo en aguas embalsadas autorizadas | |
Especies Exóticas Invasoras | - Regulaciones: No hay talla mínima ni cupo para carpa y black-bass en ciertas aguas |
- Pesca de cangrejo rojo y señal: Permitida de junio a diciembre | |
Solicitud de Permisos | - Pases de control para AREC y EDS: Disponibles vía telefónica o app de la Junta de Castilla y León |
TAMAÑO Y CUPO DE PESCA PARA PESCADORES CON LICENCIA DE PESCA
La normativa de pesca en Castilla y León para 2024 establece varios criterios específicos sobre el tamaño y cupo de capturas para los pescadores con licencia. Aquí tienes un resumen detallado de estas disposiciones:
Truchas en Aguas Trucheras
En muchas áreas, se permite la captura de truchas bajo la modalidad de pesca sin muerte, es decir, cualquier trucha capturada debe ser devuelta inmediatamente al agua con el mínimo daño posible. En ciertas zonas específicas, puede haber un cupo limitado para la extracción de truchas.
Cangrejos
La pesca del cangrejo rojo y del cangrejo señal se permite solo entre junio y diciembre. Estas especies no tienen cupo ni talla mínima debido a su clasificación como especies exóticas invasoras, lo que implica que deben ser retiradas del agua sin posibilidad de devolución.
Otras Especies en Aguas Trucheras y No Trucheras
En aguas no trucheras, el cupo para especies como barbo, boga, bordallo, cacho, madrilla, gobio, piscardo, y tenca es generalmente de 6 ejemplares por especie y por pescador al día. Durante los meses de mayo y junio, el cupo es cero para proteger la etapa prerreproductora de estas especies.
Especies sin cupo
Para algunas especies como el carpín y ciertas especies exóticas invasoras, no hay cupo y no se permite su devolución al agua. Esto se aplica a todo el año y todas las zonas de pesca.
Restricciones específicas
Las condiciones específicas de cupo y talla pueden variar significativamente dependiendo del tramo de agua, ya que cada uno puede tener un plan de pesca propio aprobado por la consejería competente.
Especie/Escenario | Descripción de Cupo | Periodo de Restricción |
---|---|---|
Trucha Común (Aguas Trucheras) | Captura y suelta, con modalidad de pesca sin muerte. | Todo el año |
Cangrejo (Rojo y Señal) | Sin cupo; obligatorio retirar del agua. | Junio a Diciembre |
Barbo, Boga, Bordallo, Cacho, Madrilla (Aguas No Trucheras) | 0 ejemplares en mayo y junio; 6 ejemplares resto del año | Mayo y Junio (restricción) |
Gobio, Piscardo, Tenca (Aguas No Trucheras) | 6 ejemplares de cada especie por pescador y día. | Sin restricciones específicas |
Carpín y Especies Exóticas Invasoras | Sin cupo; no se pueden devolver al agua. | Todo el año |
Específicos Cotos de Pesca, EDS, AREC | Variable según Plan de Pesca de cada zona. | Según normativa local |
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Última actualización el 2025-01-22 / Enlaces de afiliados / Imágenes de la API para Afiliados